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Luego de finalizar su vida laboral después de largos años de esfuerzo debe
analizar qué modalidad de pensión es la que más le acomoda. Aquí,
encontrará algunas recomendaciones para que tome la mejor decisión al momento
de jubilarse.
Cuando cumpla la edad legal para jubilarse o si decide hacerlo anticipadamente, existen varias modalidades a las que puede optar para recibir mensualmente los ingresos que ha estado acumulando durante toda su vida laboral.
Actualmente existen dos formas de recibir su pensión: el Retiro Programado, en su AFP y
la Renta Vitalicia Familiar, mediante una compañía de seguros. ¿Qué diferencias existen entre
las dos?
En la AFP: Retiro Programado
Moneda: Soles
El Retiro Programado es una modalidad de pensión en la que se mantiene su
Fondo personal en la AFP, y desde el cual podrá efectuar retiros mensuales. El monto de estos retiros será recalculado todos los años en base a los siguientes criterios: el capital que logró reunir en la AFP durante el período que cotizó y sus expectativas de vida.
No olvide que una vez fallecido el titular, sus beneficiarios recibirán el dinero, y tanto ellos como el
titular pueden cambiar la modalidad de pensión a una Renta Vitalicia si lo desean.
En la Compañía de seguros: Renta Vitalicia Familiar
Moneda: Soles o Dólares
La Renta Vitalicia Familiar es una modalidad de pensión que se contrata a través de una compañía de
seguros y el dinero acumulado en su Cuenta Individual es traspasado a la compañía de seguros (de su elección) al momento de decidir por esta modalidad.
Si usted decide recibir sus pagos en soles, estos se actualizarán
trimestralmente de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor acumulado en ese
período. Si decide recibir sus pagos en dólares, recibirá un monto fijo el cual
será pactado una sola vez.
Al fallecimiento del titular son los beneficiarios los que siguen recibiendo la pensión, según corresponda. Pero en este caso, debe recordar que
la Renta Vitalicia Familiar tiene carácter de irrevocable.
Existe además la Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida
Es una modalidad donde el pensionista acuerda con la compañía de seguros una renta mensual
que recibirá en una fecha futura, reteniendo de su cuenta de capitalización un monto suficiente para obtener de la AFP una renta temporal hasta que comience a regir el contrato con la compañía de seguros.
Antes de optar a una de estas modalidades compárelas para que elija la que
más se acomode a sus necesidades. Más
información...
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