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El Poder Ejecutivo elevó el día 6 de mayo el límite legal de inversión en el
extranjero de las AFP de 20% a 40% como parte de la implementación del Tratado
de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos.
Mediante
el Decreto Legislativo N◦1008, se estipuló que la suma de las inversiones de los
fondos previsionales de las AFP en instrumentos emitidos o garantizados por el
Estado y el Banco Central de Reserva (BCR) no deberá sobrepasar el 30% de las
inversiones totales. Además la suma de ambas inversiones no podrá superar el
40%.
La norma
reitera también que el BCR graduará dicho límite de manera conjunta
con la superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Fuente:
El
Comercio – Economía – 07 de abril de 2008
La
República – Economía - 07 de abril de 2008
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