Los pensionistas de jubilación, invalidez ó sobrevivencia, deben acreditar su supervivencia cada seis (06) meses.
Para hacerlo deberán acercarse a cualquiera de nuestros
Centro de Servicios al Cliente
presentando su documento de identidad.
En el caso de los residentes en el extranjero, tienen la posibilidad de presentar el Certificado de Supervivencia emitido por una autoridad competente: Entidades Policiales o Consulado Peruano.
Consultas Vía Internet
Para ver la fecha de vencimiento del Certificado de Supervivencia, usted podrá ingresar a nuestros Servicios en Línea para Pensionistas con su Usuario y Contraseña.
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