Recientemente se ha establecido un
monto de pensión mínima garantizada por el Estado a través de un Bono Complementario *, para aquellos afiliados que cumplan con los siguientes requisitos:
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Haber nacido a más tardar el 31 de
diciembre de 1945 y haber cumplido por lo menos 65 años de edad.
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Registrar un mínimo de 20 años de
aportaciones efectivas en total, entre el SPP y le SNP, por lo menos sobre la remuneración mínima vital en cada
oportunidad.
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