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¿Qué sucede si continúo laborando después de jubilarme?

 

Los afiliados jubilados (a los 65 años o anticipadamente) no realizan aportes obligatorios a la AFP. Esto significa que pueden continuar laborando después de jubilarse, sin embargo, el empleador ya no tiene la obligación de realizar los descuentos y los aportes a la AFP, sin que por ello se pierda la condición de trabajador dependiente.

 

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