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¿Hasta cuándo se otorga la pensión?
Cónyuge o concubino: Hasta su fallecimiento
Hijos menores de edad: Hasta cumplir los 18 años de edad.
Hijos declarados inválidos total permanente: Hasta su fallecimiento.
Padres mayores de 60 años, dependientes económicamente del afiliado o inválidos: Hasta su fallecimiento.
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