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¿Cómo se calcula mi pensión?
La pensión de sobrevivencia se calcula de acuerdo a los siguientes porcentajes, en base al promedio de las últimas 48 remuneraciones del afiliado:
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42% para el/la cónyuge o concubino/a sin hijos beneficiarios.
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35% para el/la cónyuge o concubino/a con hijos beneficiarios.
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14% hijos menores de 18 años.
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14% hijos mayores de 18 años incapacitados de manera total y permanente.
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14% para cada uno de los padres mayores de 60 años y dependientes económicamente o inválidos.
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42% para el hijo único sin cónyuge o concubino, aún existiendo padres del afiliado que sean beneficiarios.
Si hubiera 2 o más hijos con derecho a pensión sin cónyuge o concubino/a beneficiario/a, la pensión conjunta se incrementará en 14 puntos porcentuales sobre el porcentaje del 42% tantas veces como hijos hubiese, distribuyéndose en partes iguales.
Cuando la suma de los porcentajes de pensión que corresponden al cónyuge o concubino/a y a cada uno de los hijos excediese el 100% de la remuneración mensual, dichos porcentajes se reducirán proporcionalmente de manera que la suma recalculada no exceda del 100% y no se considerarán a los padres como beneficiarios. Por lo tanto las pensiones que correspondan equivaldrán a los porcentajes que resulten de aplicar el prorrateo.
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