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¿En qué consiste acreditar mi supervivencia?

Todo pensionista, inclusive los menores de edad deben acercarse cada seis meses ante la AFP o la entidad competente a fin de que ésta pueda verificar su supervivencia y continuar efectuando los pagos de pensión.

La acreditación de supervivencia se realiza de la siguiente manera:

  • Acercándose personalmente a cualquiera de nuestros Centros de Servicio al Cliente portando el documento de identidad o;

  • Remitiendo a cualquiera de nuestros Centros de Servicio al Cliente el Certificado de Supervivencia original emitido por la Policía Nacional o Juez de Paz de ser el caso.

  • En caso el pensionista se encuentre en el extranjero, podrá enviar el Certificado otorgado por el Consulado peruano en el país de residencia.

 

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